La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de protección presentado por el Comité de Adelanto Villa Los Alerces y le ordenó a la parte recurrida, la Municipalidad de Rengo, entregar una pronta solución a los vecinos afectados por falta de conexión al sistema de alcantarillado de la comuna.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Michel González Carvajal, Érika Silva Pavez y el abogado (i) Gastón Bobadilla Quinteros– estableció el actuar arbitrario e ilegal de la casa edilicia al vulnerar los derechos a la vida, integridad física, psíquica y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de los recurrentes.
“Que, en el informe evacuado por la Seremi de Salud de O’Higgins, se señaló que las instalaciones de tratamiento de aguas servidas de Villa Los Alerces presentan graves deficiencias, que generan un colapso sanitario que expone a los habitantes a graves riesgos para su salud y afecta directamente su calidad de vida”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, a su vez, Essbio S.A. informa que los inmuebles del sector Villa Los Alerces se encuentran fuera de su área de concesión, lo que requiere operar bajo la modalidad contemplada en el artículo 52 BIS del D.F.L. MOP N°382 de 1988, sujeto a la aceptación formal de propuestas técnicas y económicas por parte de la Municipalidad de Rengo y que a la fecha del informe, dicha aceptación no ha sido formalizada, lo que ha impedido avanzar en la prestación de servicios sanitarios”.
Asimismo, el fallo consigna: “Que, consta en los antecedentes acompañados por la recurrente que, desde el año 2016, se han realizado gestiones reiteradas ante la Municipalidad de Rengo para conectar las viviendas de Villa Los Alerces al sistema público de alcantarillado”.