La normativa pone en el centro el interés superior de niños, niñas y adolescentes, sus necesidades y su derecho de vivir y crecer en una familia. Además, prioriza la revinculación familiar con plazos acotados, y establece un proceso integral y continuo, que evita extender la espera y fija plazos de entre 12 y 18 meses para el que juez o jueza determine si se revincula con su familia de origen o se vincula con una familia adoptiva.
La nueva ley termina con la rígida prelación al momento de adoptar, equiparando las posibilidades de matrimonios, personas solteras o parejas con acuerdo de unión civil, siendo lo más importante el bienestar del niño o niña.
Establece que el niño o niña adoptado podrá mantener contacto con su familia de origen, incorpora posibilidades excepcionales para que familias de acogida que han tenido por periodos extensos a niños y niñas puedan ser familia adoptiva y se perfecciona el delito de obtención ilegal de un niño, niña o adolescente, haciéndose cargo de las adopciones ilegales.