El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha presentado una denuncia contra la empresa Garate S.A., propiedad de Omar Garate, por la venta de las cápsulas de “Moringa Ancestral”, un producto promocionado con afirmaciones exageradas sobre su capacidad para sanar más de 300 enfermedades, entre ellas la artritis, diabetes y osteoporosis. La acción del SERNAC se basa en que las propiedades atribuidas al producto no fueron respaldadas por evidencia científica, induciendo a error a los consumidores.
Durante su investigación, el SERNAC detectó que la empresa no cumplió con la obligación de proporcionar información veraz y comprobable, tal como exige la normativa. A pesar de los requerimientos, la empresa solo pudo justificar sus afirmaciones citando publicaciones de sitios web sin rigor científico, lo que no cumple con los requisitos de comprobabilidad.
El organismo también acusó que el producto fue publicitado como libre de contraindicaciones, lo que agrava la falta de información precisa para los consumidores. Al atribuirle propiedades terapéuticas sin respaldo empírico, la empresa engañó a los usuarios que confiaron en las promesas de la “Moringa Ancestral”.
Por estas razones, el SERNAC presentó una denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Estación Central, solicitando la aplicación de la sanción máxima por publicidad engañosa, que podría alcanzar más de 145 millones de pesos. Cabe destacar que, para que estas sanciones se apliquen, no es necesario que los consumidores hayan adquirido el producto, ya que lo que se sanciona es la difusión de la publicidad engañosa.
Además de solicitar las multas, el SERNAC y el Instituto de Salud Pública (ISP) pidieron el cese inmediato de la publicidad del producto. Se recomienda a los consumidores estar atentos a las promesas que puedan parecer demasiado buenas para ser ciertas y asesorarse siempre con un profesional de la salud antes de confiar en productos que no cuentan con el respaldo adecuado.
El SERNAC recuerda que los productos farmacéuticos deben estar registrados en el Instituto de Salud Pública, y que los consumidores tienen derecho a exigir indemnizaciones si resultan afectados por productos que no cumplen lo prometido o que no tienen la debida autorización para su comercialización.